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Sentencia del Tribunal Supremo de la Sala Primera de 11 de febrero 2013.
Se concede una indemnización de 24.879 euros en concepto de lucro cesante a una empresa de transporte como consecuencia de la paralización de unos de sus camiones por un accidente, a pesar de que la demandante no aportara elementos de prueba que permitieran establecer de forma objetiva un detrimento ponderado de ingresos-gastos, o de perjuicios concretos que justificaran la procedencia del acogimiento de su pretensión.
Sentencia del Tribunal Supremo de la Sala Primera de 4 de febrero de 2013.
Se estima íntegramente la demanda interpuesta en reclamación de indemnización como consecuencia de los daños personales sufridos por el demandante en un accidente de circulación, a pesar de no haberse concretado el nivel de participación de éste en el siniestro. Y ello siguiendo con la doctrina sentada por la sentencia de 10 de septiembre de 2012 de nuestro Alto Tribunal, en la que se aplicaba la doctrina conocida como las condenas cruzadas.
Sentencia del Tribunal Supremo de Sala Primera de 3 de febrero de 2013.
SEGURO DEL AUTOMÓVIL. Acción de reclamación de indemnización con cargo al seguro voluntario, dirigida por el ocupante del ciclomotor accidentado contra la aseguradora del mismo. Desestimación. Mientras que el seguro obligatorio responde al criterio del riesgo y no de la culpa, el seguro voluntario se vincula a la responsabilidad regulada en el art. 1902 CC, por lo que para que este seguro indemnice los daños causados a un tercero, no basta que tenga su origen en una situación de riesgo, sino que exige la culpa o negligencia del asegurado y, en cualquier caso, que el hecho esté previsto en el contrato. En el caso de autos, el hecho estaba previsto en el contrato pero el propio demandante reconoció que ninguna responsabilidad podía imputarse en la causación del accidente al conductor del ciclomotor asegurado por la demandada, por lo que ésta solo estaba obligada a abonar la suma correspondiente al seguro obligatorio, como ya hizo.
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