CONGRESOS. X Congreso Nacional. Alcudia (Mallorca). 1, 2 y 3 de Octubre de 2010. LEGISLACION. Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, publicada hoy en el B.O.E de 5/02/010. FORMACIÓN.
X Congreso Nacional. Alcudia (Mallorca). 1, 2 y 3 de Octubre de 2010.
LEGISLACION.
Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, publicada hoy en el B.O.E de 5/02/010.
FORMACIÓN.
VI Congreso de Responsabilidad Civil. Ibiza, 10,11 y 12 de Junio de 2010. I Jornada de Biomecanica en la Valoración de las lesiones. Madrid 11 de junio de 2010.
JURISPRUDENCIA Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de Mayo de 2010. Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de Mayo de 2010. Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de Mayo de 2010. X Congreso Nacional. Alcudia (Mallorca). 1,2 y 3 de octubre de 2010. VI Congreso de Responsabilidad Civil. Ibiza, 10,11 y 12 de Junio de 2010. I Jornada de Biomecanica en la Valoración de las lesiones. Madrid 11 de junio de 2010. Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, publicada hoy en el B.O.E de 5/02/010. Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de Mayo de 2010. Responsabilidad Civil derivada de vehículo a motor. Sistema legal de Valoración del Daño. Lucro Cesante (Sentencia de pleno de 25 de marzo de 2010) Indemnizaciones no contenidas en el baremo. Doble tramo en la aplicación del interes del artículo 20. de la LCS (Sentencia de pleno de 1 de marzo de 2007. Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de Mayo de 2010. Responsabilidad civil. Baremo de accidentes de circulación. El fallecimiento en el accidente de ambos padres conlleva que, en aplicación del Anexo de la LRCSCVM, la indemnización debe fijarse incluyendo al grupo familiar en el grupo II de la Tabla I (víctima sin cónyuge), aun cuando uno de ellos sea el causante del mismo. Asimismo le es aplicable el factor de corrección de fallecimiento de ambos padres en el accidente contemplado en la Tabla II, aun cuando uno de ellos sea el causante del mismo. Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de Mayo de 2010. Indemnización en accidente de tráfico. Valoración del quebranto conforme a las cuantías actualizadas a fecha del alta. Supuesto de la cuestión, por fundarse el recurso en hechos distintos de los declarados probados respecto de los conceptos indemnizables y su cuantificación. La problematica del perjuicio estetico: especial referencia a su valoración Jesus Fernández Entralgo Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva La arquitectura del daño (II): La incapacidad temporal y la analogía proporcional Jose Antonio Cobo Plana Medico Forense. Director del Instituto de Medicina Legal de Aragón. Defensa de Daños por Ruido Jose Alfonso Guerrero López Abogado
Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de Mayo de 2010. Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de Mayo de 2010. Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de Mayo de 2010.
X Congreso Nacional. Alcudia (Mallorca). 1,2 y 3 de octubre de 2010.
VI Congreso de Responsabilidad Civil. Ibiza, 10,11 y 12 de Junio de 2010.
I Jornada de Biomecanica en la Valoración de las lesiones. Madrid 11 de junio de 2010.
Sentencia del Tribunal Supremo de 31 de Mayo de 2010. Responsabilidad Civil derivada de vehículo a motor. Sistema legal de Valoración del Daño. Lucro Cesante (Sentencia de pleno de 25 de marzo de 2010) Indemnizaciones no contenidas en el baremo. Doble tramo en la aplicación del interes del artículo 20. de la LCS (Sentencia de pleno de 1 de marzo de 2007.
Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de Mayo de 2010. Responsabilidad civil. Baremo de accidentes de circulación. El fallecimiento en el accidente de ambos padres conlleva que, en aplicación del Anexo de la LRCSCVM, la indemnización debe fijarse incluyendo al grupo familiar en el grupo II de la Tabla I (víctima sin cónyuge), aun cuando uno de ellos sea el causante del mismo. Asimismo le es aplicable el factor de corrección de fallecimiento de ambos padres en el accidente contemplado en la Tabla II, aun cuando uno de ellos sea el causante del mismo.
Sentencia del Tribunal Supremo de 5 de Mayo de 2010. Indemnización en accidente de tráfico. Valoración del quebranto conforme a las cuantías actualizadas a fecha del alta. Supuesto de la cuestión, por fundarse el recurso en hechos distintos de los declarados probados respecto de los conceptos indemnizables y su cuantificación.
La problematica del perjuicio estetico: especial referencia a su valoración Jesus Fernández Entralgo Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva
La arquitectura del daño (II): La incapacidad temporal y la analogía proporcional Jose Antonio Cobo Plana Medico Forense. Director del Instituto de Medicina Legal de Aragón.
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Responsabilidad Médica: En el ámbito de la responsabilidad del profesional médico debe descartarse la responsabilidad objetiva. El criterio de imputación del art. 1902 CC se funda en la culpabilidad y exige del paciente la demostración de la relación o nexo de causalidad y la de la culpa. La responsabilidad fundada en la Ley de Consumidores y Usuarios no afecta a los actos médicos propiamente dichos, dado que es inherente a los mismos la aplicación de criterios de responsabilidad fundados en la negligencia por incumplimiento de la lex artis ad hoc.
Responsabilidad Civil: Responsabilidad de la cooperativa empleadora y de su aseguradora en un accidente laboral con resultado de muerte. Es cláusula limitativa de derechos la que establece que un máximo de 10.000.000 ptas. por víctima. Para que surta efecto esta cláusula debió ser expresamente aceptada por el asegurado, previo conocimiento y suficiente información de los derechos o beneficios que resultaban de la póliza
Responsabilidad civil: Exoneración de la aseguradora que cubría la responsabilidad civil de la sociedad en caso de accidente de uno de los socios. Conforme a las cláusulas del contrato, el socio no tiene la condición de tercero a los efectos de la cobertura del seguro.
ACCIDENTE DE AERONAVE: Recurso extraordinario por infracción procesal por inaplicación del principio del "onus probandi": se desestima, pues una cosa es la acreditación del actuar culpable, donde sí hay inversión de la carga de la prueba, y otra cosa es la cuantificación y justificación del daño, donde la carga de la prueba corresponde a quien alega el hecho. Prescripción: se desestima, pues al existir en este caso una responsabilidad por culpa, no corresponde aplicar el plazo de prescripción de 6 meses de la ley de navegación aérea sino el de un año del Código Civil.
ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN: Aplicación de la doctrina jurisprudencial fijada por el Pleno de la Sala Primera: los daños derivados de accidente de tráfico quedan fijados de acuerdo con el sistema legal vigente en la fecha en que se produjo el accidente, hecho causante del daño; no obstante, a la hora de realizar la cuantificación económica de los perjuicios se deberá estar, a efectos de determinar la indemnización que proceda, al momento en que se produce el alta definitiva del perjudicado.
Fijación de la doctrina jurisprudencial sobre el devengo y cuantía de los intereses moratorios previstos en el art. 20 LCS
Responsabilidad civil del abogado: No puede pretenderse una responsabilidad civil del Abogado, cuando su consejo ha sido equivocado al basarse en datos erróneos suministrados por su cliente. Responsabilidad por pérdida de oportunidades: Exige demostrar que el perjudicado se encontraba en una situación fáctica o jurídica idónea para realizarlas.
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Concurrencia de culpas de los progenitores de un menor y de la empresa encargada del cuidado y mantenimiento de la línea eléctrica, por las lesiones sufridas por dicho menor cuando jugaba en la azotea y recibió una descarga eléctrica al tocar un cable que no estaba a la altura reglamentaria.
Intereses de demora: La ley hace recaer los efectos del retraso sobre el deudor, sin que sirva el requisito tradicional de la liquidez de la deuda a estos efectos, porque se trata, de un régimen especial para el caso de demora en la liquidación del siniestro.
La responsabilidad de la empresa comitente, cuando se demuestre la existencia de culpa en la selección de la empresa contratada para la realización de servicios, y ésta no es a la adecuada para las debidas garantidas de seguridad, no se considera como una responsabilidad por hecho de otro del artículo 1.903 CC, sino como una responsabilidad derivada del artículo 1.902 CC
Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 17-01-07
Sistema de Valoración: es objetivo y razonable el cálculo de reparación de los daños personales en los casos de responsabilidad patrimonial de la Administración mediante el uso de los baremos de valoración del seguro de uso y circulación de vehículos a motor, pero tal sistema es de mera referencia sin que deba considerarse de obligado y exacto cumplimiento.
La prueba pericial es apreciable con arreglo a la sana crítica, sin que los dictámenes periciales vinculen a los Jueces y Tribunales, siendo las pruebas periciales ponderables con el conjunto de la prueba, salvo que dicha prueba haya sido valorada de modo arbitrario.
Accidente de circulación. Demanda dirigida contra el Ministerio de Fomento, que estaba realizando obras en la carretera y con la contratista adjudicataria de las mismas. Competencia de la Jurisdicción civil.