Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de marzo de 2026

 Adjunto

Pérdida de oportunidad por la omisión de informar a la paciente sobre los riesgos de un parto natural frente a la alternativa de una nueva cesárea. No se limita a considerar la falta de información como un daño moral, sino que por su constituye una pérdida de oportunidad que se debe indemnizar aplicando un porcentaje sobre el daño corporal total sufrido, incluso en ausencia de mala praxis médica. En el presente caso se estima fijar una indemnización del 20% del daño total sufrido, al considerar que esa era la probabilidad de que la madre hubiera optado por una cesárea de haber sido correctamente informada de los riesgos.