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LEGISLACIÓN
ÚLTIMA JURISPRUDENCIA
Contrato de seguro de asistencia sanitaria en viaje. La demora del reclamante en la comunicación del siniestro a la aseguradora no conlleva la pérdida del derecho a la indemnización, si el retraso inicial en la comunicación del siniestro estuvo justificado por la gravedad del estado de salud del asegurado, y respecto al retraso en la asistencia posterior (que no ocultación de información) no consta que causara perjuicios económicos a la aseguradora.
Accidente de aviación de Germanwings en fecha anterior a la entrada en vigor del nuevo baremo de accidentes. Reclamación de indemnización por los familiares de los fallecidos, resolviendose por el Tribunal Supremo la procedencia de la aplicación orientativa del baremo introducido por la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, con un incremento del 50% sobre la indemnización resultante del mismo.
Seguro de vida vinculado a un préstamo concedido, suscrito por la hermana del asegurado en nombre de éste, que también cumplimentó el cuestionario de salud. Se estima que sólo incumbía al asegurado cumplir con el deber de declarar el riesgo que establece el art. 10 LCS, no pudiendo estar representado por su hermana en el acto de cumplimentar el cuestionario de salud, por su carácter personalísimo, lo que excluye el dolo del asegurado en la incorrecta declaración del riesgo.
ÚLTIMA DOCTRINA
Javier López y García de la Serrana
Abogado. Doctor en Derecho
Presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro
Alejandro Fernández Rodríguez
Abogado
José Gracia Mechbal
Abogado
Álvaro Cruz González
Abogado