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LEGISLACIÓN
ÚLTIMA JURISPRUDENCIA
Seguro de hogar. Cubre los daños causados por el hijo del asegurado tanto en el edificio como en los vehículos de su garaje. Concepto de «vida privada» e «intencionalidad» en el siniestro consistente en incendio originado al intentar sustraer la gasolina del automóvil de un vecino.
Seguro de responsabilidad civil. No cabe considerar perjudicado o víctima con derecho a indemnización a quien no ha sufrido los daños personales o materiales que define la propia póliza, por lo que ni la esposa ni la hija de la víctima, que no han sufrido daños de tal naturaleza causados por la actividad desarrollada en el riesgo asegurado, pueden integrar la condición de «perjudicados».
La cobertura del seguro de defensa jurídica que incluye reclamaciones por accidentes como peatón, es exigible en caso de fallecimiento por la viuda e hijos del asegurado, sin que a ello se pueda oponer que no sean los tomadores del seguro y que tampoco fueran designados como beneficiarios en la póliza. El límite de 3.000€ estipulado en las condiciones generales del seguro de defensa jurídica para el supuesto de libre elección de letrado, no vacía de contenido la libertad de elección de profesional por el asegurado.
ÚLTIMA DOCTRINA
Javier López y García de la Serrana
Abogado. Doctor en Derecho
Presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro
Miguel Ángel Fernández López
Abogado
Idoia Azpeitia Alonso
Abogada
José María Hernández-Carrillo Oliver
Abogado