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LEGISLACIÓN
ÚLTIMA JURISPRUDENCIA
Pérdida de oportunidad por la omisión de informar a la paciente sobre los riesgos de un parto natural frente a la alternativa de una nueva cesárea. No se limita a considerar la falta de información como un daño moral, sino que por su constituye una pérdida de oportunidad que se debe indemnizar aplicando un porcentaje sobre el daño corporal total sufrido, incluso en ausencia de mala praxis médica. En el presente caso se estima fijar una indemnización del 20% del daño total sufrido, al considerar que esa era la probabilidad de que la madre hubiera optado por una cesárea de haber sido correctamente informada de los riesgos.
Seguro de vida con cobertura de invalidez permanente: la fecha del siniestro, como excepción, puede fijarse en el diagnóstico irreversible de la enfermedad y no en su posterior declaración administrativa o judicial.
El artículo 12, apartado 1, de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, debe interpretarse en el sentido de que los daños sufridos por el conductor del único vehículo implicado en un accidente de tráfico no deben estar cubiertos por el seguro obligatorio de la responsabilidad civil, ni siquiera cuando un ocupante haya intervenido en la conducción del vehículo y se haya producido el accidente como consecuencia de esa intervención.
ÚLTIMA DOCTRINA
M.ª Cruz Aparicio Redondo
Magistrada.
Letrada del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo (Sala Civil), en comisión de servicio
Javier López y García de la Serrana
Abogado. Doctor en Derecho
Presidente de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro
Alberto J. Tapia Hermida
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad Complutense de Madrid
Presidente de SEAIDA
María José Orozco Guzmán
Abogada
902 361 350




