Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro
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X Congreso Nacional. Alcudia (Mallorca). 1,2 y 3 de octubre de 2010.

Seminario Internacional de Responsabilidad Civil. Málaga, 18 al 20 de Marzo de 2010.

Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, publicada hoy en el B.O.E de 5/02/010.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) , de 20 Noviembre de 2009.
Responsabilidad Médica: En el ámbito de la responsabilidad del profesional médico debe descartarse la responsabilidad objetiva. El criterio de imputación del art. 1902 CC se funda en la culpabilidad y exige del paciente la demostración de la relación o nexo de causalidad y la de la culpa. La responsabilidad fundada en la Ley de Consumidores y Usuarios no afecta a los actos médicos propiamente dichos, dado que es inherente a los mismos la aplicación de criterios de responsabilidad fundados en la negligencia por incumplimiento de la lex artis ad hoc.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) , de 12 Noviembre de 2009.
Responsabilidad Civil: Responsabilidad de la cooperativa empleadora y de su aseguradora en un accidente laboral con resultado de muerte. Es cláusula limitativa de derechos la que establece que un máximo de 10.000.000 ptas. por víctima. Para que surta efecto esta cláusula debió ser expresamente aceptada por el asegurado, previo conocimiento y suficiente información de los derechos o beneficios que resultaban de la póliza.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) , de 11 Noviembre de 2009.
Responsabilidad civil: Exoneración de la aseguradora que cubría la responsabilidad civil de la sociedad en caso de accidente de uno de los socios. Conforme a las cláusulas del contrato, el socio no tiene la condición de tercero a los efectos de la cobertura del seguro.

El Supremo valida la facultad de oponer al perjudicado la cláusula de ámbito temporal en el seguro de RC.
Gonzalo Inturmendi Morales

Abogado

A cuestas con los herederos, los familiares y los perjudicados.
Mariano Yzquierdo Tolsada

Catedratico de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid

La lesión del derecho a la intimidad y su resarcimiento.
Jesus Fernandez Entralgo

Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva

 




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Seminario Internacional de Responsabilidad Civil. Málaga, 18 al 20 de Marzo de 2010.

Resolución de 31 de enero de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2010, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, publicada hoy en el B.O.E de 5/02/010.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) , de 20 Noviembre de 2009.
Responsabilidad Médica: En el ámbito de la responsabilidad del profesional médico debe descartarse la responsabilidad objetiva. El criterio de imputación del art. 1902 CC se funda en la culpabilidad y exige del paciente la demostración de la relación o nexo de causalidad y la de la culpa. La responsabilidad fundada en la Ley de Consumidores y Usuarios no afecta a los actos médicos propiamente dichos, dado que es inherente a los mismos la aplicación de criterios de responsabilidad fundados en la negligencia por incumplimiento de la lex artis ad hoc.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) , de 12 Noviembre de 2009.
Responsabilidad Civil: Responsabilidad de la cooperativa empleadora y de su aseguradora en un accidente laboral con resultado de muerte. Es cláusula limitativa de derechos la que establece que un máximo de 10.000.000 ptas. por víctima. Para que surta efecto esta cláusula debió ser expresamente aceptada por el asegurado, previo conocimiento y suficiente información de los derechos o beneficios que resultaban de la póliza.

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) , de 11 Noviembre de 2009.
Responsabilidad civil: Exoneración de la aseguradora que cubría la responsabilidad civil de la sociedad en caso de accidente de uno de los socios. Conforme a las cláusulas del contrato, el socio no tiene la condición de tercero a los efectos de la cobertura del seguro.

El Supremo valida la facultad de oponer al perjudicado la cláusula de ámbito temporal en el seguro de RC.
Gonzalo Inturmendi Morales

Abogado

A cuestas con los herederos, los familiares y los perjudicados.
Mariano Yzquierdo Tolsada

Catedratico de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid

La lesión del derecho a la intimidad y su resarcimiento.
Jesus Fernandez Entralgo

Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva

 

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